ACUERDO Nº 16 DE 2010
El Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN DE RISARALDA “COOEDUCAR” en cumplimiento del articulo 6º (numeral 9) del estatuto.


A C U E R D A

1. Destinar con cargo al rubro de gasto social del 2010, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($ 250.000.000), para mantener el apoyo a la formación y capacitación del asociado y su familia, a través de auxilios educativos, así:

a. 250 Apoyos para la formación y Capacitación del asociado y su familia de
$ 200.000 cada uno, para hijos de asociados que estén cursando Preescolar ó Básica Primaria. Para un total de $ 50.000.000

b. 250 Apoyos para la formación y Capacitación del asociado y su familia de
$ 200.000 cada uno, para hijos de asociados que estén cursando Básica Secundaria ó Media. Para un total de $ 50.000.000

c. 180 Apoyos para la formación y Capacitación del asociado y su familia de
$ 400.000 cada uno, para hijos de asociados que estén adelantando estudios universitarios. Se consideran como estudios universitarios los que se dictan en universidades, por lo tanto el certificado ó constancia debe tener el rótulo de “ universidad “. En el caso que los estudios cursados se adelanten en el exterior se tendrán en cuenta aquellos que sean equivalentes. Para un total de $ 72.000.000

d. 190 Apoyos para la formación y Capacitación del asociado y su familia de
$ 400.000 cada uno, para asociados que a la fecha de la presente convocatoria estén adelantando estudios universitarios. Aquí se tendrán en cuenta las mismas condiciones que en el caso anterior. Para un total de $ 76.000.000

2. Facultar al Comité de Educación para la coordinación y realización de esta actividad.

3. CONDICIONES: Para acceder al apoyo, para la formación y capacitación del asociado y su familia se requiere:
a. Ser asociado hábil de COOEDUCAR o ser hijo de asociado.
b. Certificar la calidad de estudiante matriculado.
c. Cada asociado podrá beneficiarse con un solo apoyo educativo.
d. Quien participe en el sorteo como asociado no podrá participar como beneficiario.
e. No ser beneficiario del Convenio de Becas Cooeducar- Icetex.
f. Ser asociado hábil al momento del sorteo, con una antigüedad no menor de tres meses y haber realizado tres aportaciones.
4 Trámite para Acceder al apoyo, a la formación y capacitación del asociado y su familia.
a. Las constancias se recibirán en las oficinas de Servicios sociales de COOEDUCAR, ubicado en la carrera 5 # 22 –20, oficina 302. Tel. 3251441 ext. 128 para el caso del Área Metropolitana (Pereira y Dosquebradas) hasta el 25 de junio a las 4:00 p.m.

b. En los municipios restantes serán recibidas por el Coordinador de Educación, quien las hará llegar a la cooperativa en sobres y con listados debidamente clasificados de acuerdo a la modalidad, hasta el día 25 de Junio, en medio magnético. Office 2003 Excel.

c. Los interesados presentarán un documento que indique que el participante se encuentra matriculado: certificado, constancia, recibo de matricula y/o consignación donde esté en forma clara los nombres y apellidos del estudiante. Aquellos ilegibles no serán tomados en cuenta (se aceptan fotocopias). Al respaldo debe colocarse el nombre del asociado, su lugar de trabajo, el número de cédula de ciudadanía, número telefónico.

d. El sorteo lo realizará el Comité de Educación públicamente el día 30 de julio, en el Salón Social, a partir de las 2:00 p.m. en presencia de la Junta de Vigilancia, los delegados de Educación de los municipios y asociados en general que asistan; mediante el sistema de fichas numeradas hasta el límite de solicitudes presentadas por modalidad.

e. La Junta de Vigilancia verificará que los requisitos exigidos se cumplan. Quien no reúna estas condiciones perderá el derecho a recibir el apoyo para la educación y formación. Si resultaren ganadores inhábiles se realizará un nuevo sorteo en fecha posterior y en las mismas condiciones definidas en el presente acuerdo.

f. El favorecido en el sorteo deberá presentar, para reclamar el auxilio el certificado actualizado de estudios y certificado de parentesco si es beneficiario.

g. El resultado del sorteo se registrará en Acta especial debidamente firmada por el presidente del Comité de Educación y el secretario.

h. Una vez publicados los resultados oficiales del sorteo se tendrá un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para presentar por escrito reclamaciones.

i. Los beneficiarios recibirán los recursos mediante el mecanismo que determine el Consejo de Administración.

5. Caducidad. A partir de la fecha en que se inicien los desembolsos el asociado favorecido con el apoyo educativo, tendrá sesenta (60) días calendario para reclamarlo.

El presente acuerdo fue aprobado por el Consejo de Administración el 13 de mayo de 2010, según acta No.787.


CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN


NOLBERTO GUEVARA LARGO
Presidente

FRANCISCO JOSÉ FRANCO GIRALDO
Secretario.